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Seguros Caución

Somos productores de la Compañía Alba S.A., Nos especializamos en Seguros de Caución, siendo los únicos abocados en brindar un servicio distinto en esta rama.

Tránsito terrestre

Estas pólizas garantizan a la Aduana los derechos correspondientes a la mercadería sin nacionalizar trasladada por el territorio nacional cuando el destino definitivo de la mercadería sea otro país o para ser depositada en Depósitos Fiscales La suma asegurada es el valor de los derechos aduaneros, y demás impuestos de la importación (l.V.A, lasa de estadísticas, etc.). Esta póliza se factura por única vez y por un período de un mes.

Falta de documentación

Esta póliza permite el retiro de la mercadería en aduana aunque falte algún tipo de documentación tal como el Bill of landing, o conocimiento de embarque, facturas, etc. Si el importador no cumple con la entrega de la papelería faltante en el tiempo fijado se afecta la garantía.

Importación temporaria

Cuando se ingresa al país mercadería, bienes o cosas de terceros en forma temporaria (Ej. para una exposición, Elementos de un espectáculo, embalajes especiales, etc.), que deberán al cabo de un plazo volver a salir del país. Se le garantiza a la Aduana el pago de los derechos y las multas en caso de su no reenvió al exterior en el plazo prefijado.

Draw-Back

Es similar a la importación temporaria, la diferencia radica en que la mercadería importada para su reexportación sufre transformación y se mezcla con los componentes nacionales, y su reexportación se toma sobre la base de una fórmula presentada de cómo se integra a la mercadería exportada.

Diferencia de derechos

Cuando al ingresar una mercadería existan divergencia de criterios en los derechos a fijar por la aduana y se inicie un expediente tendiente a dilucidar esa diferencia, el importador podrá liberar la mercadería, abonando los derechos que dice que afectan a la mercadería y garantizando la diferencia entre estos y los determinados por el criterio de Aduana.

Depósito fiscal

Esta póliza garantiza las obligaciones asumidas por el Tomador en el ejercicio de la administración del depósito fiscal. Cubre las multas que se le impongan por el mal desempeño en el cumplimiento de las normas que rigen a los depósitos fiscales privados.